Ayudas para las zonas afectadas por los incendios forestales.

El pasado martes 23 de agosto el Consejo de Ministros acordó la declaración de zonas afectadas gravemente por emergencias de protección civil (ZAEPC) las comunidades autónomas en las que se han producido un total de 119 incendios forestales.

El acuerdo establece ayudas directas por daños a las personas y las viviendas, así como por la pérdida de enseres y otros bienes particulares.

Además, el acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros prevé la adopción de otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas:

  • Los distintos departamentos ministeriales podrán declarar determinadas zonas de actuación especial, así como la emergencia de las obras necesarias para reparar los daños causados por cualquiera de estos siniestros en infraestructuras de titularidad pública comprendidas en su ámbito de competencias.
  • El real decreto prevé la concesión de ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina.
  • Ayudas a las corporaciones locales: las entidades locales recibirán ayudas, por un importe de hasta el 50 por ciento, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.

Una vez que se elabore un informe detallado sobre los daños causados por estos incendios forestales y se disponga de una valoración técnica de su cuantía, el Gobierno, en colaboración con las administraciones autonómicas y locales, podrá completar este real decreto con la adopción de otras medidas complementarias a las adoptadas por las administraciones territoriales a las que corresponde la competencia en materia de protección civil.

A la espera de que se publiquen en el BOE las ayudas y el procedimiento para solicitarlas, este grupo de medidas son las que tienen mayor aplicación para los daños producidos por el incendio forestal de Candelario, entre otras:

  • ayudas por daños en producciones ganaderas y forestales, tanto de propietarios y arrendatarios, privados o públicos (fincas municipales).
  • ayudas para reforestación con especies autóctonas.
  • ayudas para arreglo y renovación de hidrantes en el pueblo, dañados al cargar los vehículos antiincendios.
  • ayudas para arreglo y mejora de las pistas forestales utilizadas por los equipos de emergencia para acceder al incendio. En concreto, las pistas de La Dehesa y de Fuentesanta.
  • ayudas para arreglar la carretera de La Garganta.
  • ayudas para recuperación de los accesos y del vallado perimetral de fincas municipales y privadas, dañadas por el incendio.