Organización municipal:
– Alcaldía.
Pablo A. Hernández García, con las funciones señaladas en la normativa.
– Pleno corporativo.
Formado por el Alcalde y los Concejales, es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal. Se reunirá con carácter ordinario, con una periodicidad bimensual, en la última semana de cada uno de los meses impares. A las 20,00 h. habitualmente.
Además se celebrarán plenos extraordinarios cuando lo exija la toma de decisiones.
Sus atribuciones son las descritas en la normativa.
– Junta de Gobierno Local.
Es el órgano que, bajo la presidencia del Alcalde, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a éste corresponde y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas
Órgano de gobierno intermedio entre la Alcaldía y el Pleno corporativo y que asume diversas competencias delegadas tanto de la primera como del segundo.
Está integrada por los concejales del grupo socialista.
Las sesiones ordinarias que celebrará la Junta de Gobierno lo serán con una periodicidad quincenal en horario y fecha que determinará la Alcaldía.
– Comisión Informativa.
Se constituye esta Comisión para conocimiento y participación de los grupos municipales sobre todos los asuntos que forman la vida municipal.
Participan miembros de todos los grupos políticos presentes en el Ayuntamiento.
Se reunirá con una periodicidad quincenal y de manera previa a la Junta de Gobierno.
– Comisión Especial de Cuentas.
Con las atribuciones reguladas en la normativa e integrada por el Alcalde y un representante de cada uno de los grupos políticos.
– Por asistencia al Pleno corporativo se establece una indemnización para cada concejal de veinticinco (25,00) €.
– Por asistencia a reuniones de la Junta de Gobierno municipal se establece una indemnización para cada concejal de cincuenta (50,00) €.
– Por asistencia a reuniones de la Comisión Informativa municipal se establece una indemnización para cada concejal de veinticinco (25,00) €.